Respuestas
Respuesta:
Realizar el pago de la cuota tributaria, debiendo realizar dicho pago en el tiempo y la forma requerida por la Agencia Tributaria.
Realizar pagos fraccionados a cuenta de la obligación tributaria principal, por el retenedor o por el obligado a realizar ingresos a cuenta
Explicación:
A. Obtener el Registro Único de Contribuyentes o RUC que corresponde a la identificación de los contribuyentes que realizan una actividad económica lícita. Por lo tanto, todas las sociedades, nacionales o extranjeras, que inicien una actividad económica o dispongan de bienes o derechos por los que tengan que tributar, tienen la obligación de acercarse inmediatamente a las oficinas del SRI para obtener su número de RUC, presentando los requisitos para cada caso.
El RUC contiene una estructura que es validada por los sistemas del SRI y de otras entidades que utilizan este número para diferentes procesos. Si existen cambios en la información otorgada en la inscripción al RUC, deberá acercarse a actualizar su registro en un plazo no mayor a 30 días, presentando los requisitos según el caso. De igual forma, si la sociedad cesa sus actividades, deberá informarse al SRI en un plazo no mayor a 30 días, presentando los requisitos según el caso.
B.Presentar Declaraciones. Las Sociedades deben presentar las siguientes declaraciones de impuestos a través del Internet en el Sistema de Declaraciones o en ventanillas del Sistema Financiero. Estas deberán efectuarse en forma consolidada independientemente del número de sucursales, agencias o establecimientos que posea:
• Declaración de Impuesto al valor agregado (IVA): Se debe realizar mensualmente en el Formulario 104, inclusive cuando en uno o varios períodos no se haya registrado venta de bienes o prestación de servicios, no se hayan producido adquisiciones o no se hayan efectuado retenciones en la fuente por dicho impuesto. En una sola declaración por período se establece el IVA sea como Agente de retención o percepción. • Declaración del Impuesto a la Renta: Se debe realizar cada año en el Formulario 101, consignando los valores correspondientes en los campos relativos al Estado de Situación Financiera, Estado de Resultados y Conciliación tributaria. • Pago del Anticipo del Impuesto a la Renta: se deberá pagar en el Formulario 106 de ser el caso. • Declaración de Retenciones en la Fuente del Impuesto a la Renta: se debe realizar mensualmente en el Formulario 103, aun cuando no se hubiese efectuado retenciones durante uno o varios períodos mensuales. Las sociedades son agentes de retención, razón por la cual se encuentran obligadas a llevar registros contables por las retenciones en la fuente realizadas y de los pagos por tales retenciones, adicionalmente debe mantener un archivo cronológico de los comprobantes de retención emitidos y de las respectivas declaraciones. • Declaración del Impuesto a los Consumos Especiales: únicamente las sociedades que transfieran bienes o presten servicios gravados con este impuesto deberán presentar esta declaración mensualmente en el Formulario 105, aun cuando no se hayan generado transacciones durante o varios períodos mensuales.
c. Presentar anexos: los anexos corresponden a la información detallada de las operaciones que realiza el contribuyente y que están obligados a presentar mediante internet en el Sistema de Declaraciones, en el período indicado conforme al noveno dígito del RUC.