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No obstante, en el constitucionalismo contemporáneo han surgido los denominados órganos constitucionales autónomos, que se conciben bajo una idea de equilibrio y control del poder público, y entre sus principales atributos se encuentran: su autonomía e independencia respecto de los poderes ejecutivo, legislativo o judicial; tienen su propia estructura orgánica; cuentan con especialización; y, tienen su origen en la propia Constitución.
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