• Asignatura: Castellano
  • Autor: elisa990
  • hace 7 años

Me ayudan por favor

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Respuestas

Respuesta dada por: lorademelgarejo
1

Respuesta:

A:Según el ET es posible encomendar funciones de categoría inferior siempre que existan razones técnicas u organizativas que lo justifiquen, y por el tiempo imprescindible para su realización.

B: Al trabajador debe mantenerse le la retribución de origen correspondiente a su categoría

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