Padre “Chucho” no podrá hacer más misas en parques de Bogotá… fue Arturo Vargas Sánchez quien, motivado por otros vecinos que no estaban a gusto con el ruido, las basuras y los tumultos que se generan antes, durante y después de las celebraciones litúrgicas, interpuso la acción legal que este jueves fue resuelta a su favor.Así las cosas, el reconocido sacerdote tendrá que levantar sus "corotos", buscar otro espacio o conseguir los permisos correspondientes para poder celebrar las ceremonias. Él, por ahora, ha dicho que acata la orden del funcionario judicial. --- La sanción que se le aplicó al padre Chucho es: *

a)ilegítima, porque viola el artículo19 de la Constitución (libertad de culto).
b)legítima, porque el padre no tenía permisos y alteraba el espacio público.
c)legítima, porque la religión es un tema que debe tratarse en privado.
d)ilegítima, porque está violando el artículo 20 de la Constitución (libertad de expresión).

Respuestas

Respuesta dada por: SaraSensei
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Respuesta:

A ver.

Explicación:

La libertad de culto no es una contradiccion para la alteracion del espacio publico, ademas la ley que se le inpuso es penal, por lo que no se relaciona la libertad de culto con las leyes penales; por que presisamente es libertad de culto, así que la B no es.

La religion no es privada, pero tiene citios para hacerse que es distinto, así que la respuesta C no tiene sentido.

Igual que la A, la libertad de expresion no contradice una ley penal, por lo que tampoco es la D.

La B es de hecho la unica justificación judicial que se puede hacer mediante acciones legales.

Por que es un referente legal al espació publico que de hecho se establece por la Corte Constitucional. Las demas también se establecen allí, pero ninguna es concluyente al presente caso.

Saludos...

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