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Los derechos civiles y políticos son dos categorías de derechos que suelen estudiarse de forma conjunta. En general, son derechos que protegen las libertades individuales de su quebrantamiento ilegal (represión) por parte del poder (sea el de los gobiernos o el de cualquier otro agente político público o privado), y garantizan la capacidad del ciudadano para participar en la vida civil y política del Estado en condiciones de igualdad, y sin discriminación.
Los derechos civiles son los reconocidos por todos los ciudadanos por la ley; y en ello se distinguen de los derechos humanos y de los derechos naturales. Los derechos civiles son concedidos dentro de un Estado, mientras que los derechos naturales o los derechos humanos son internacionales, y, se tienen, o bien por el mero hecho de nacer, según la teoría iusnaturalista, o bien por la mera constitución de la sociedad, según la teoría contractualista (el iuspositivismo, que separa moral y derecho, no se plantea la existencia de derechos naturales). John Locke sostuvo que los derechos naturales a la vida, la libertad y la propiedad debían ser convertidos en derechos civiles y protegerse por el Estado soberano como aspecto del contrato social ([[derechos de la Declaración Universal de Derecho de 1948 s]] comprenden la segunda parte). La teoría de las tres generaciones de derechos humanos considera a este grupo de derechos como los "derechos de primera generación", y la teoría de los derechos negativos y positivos (libertad negativa y positiva) los designa como derechos negativos. No obstante, en cuanto los derechos sociales o positivos se justifican en la reparación de deficiencias que obstaculizan gravemente el ejercicio de la plena condición de ciudadano, son también "civiles", al tener su correspondiente definición precisa en la contrapartida de una obligación establecida por parte de los poderes públicos.[1]La Convención Americana de derechos humanos estable en este grupo de derechos el derecho a la vida, integridad y libertad , garantías judiciales, principio de legalidad, derecho a la protección de la honra, privacidad, libertad de conciencia, religión, libertad de expresión entre otros.
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966[2] incluye el "derecho de libre determinación" de "todos los pueblos".[3] Los llamados "derechos colectivos", por oposición a los "derechos individuales", están entre los "derechos de tercera generación" según la teoría de las tres generaciones de derechos.