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ARTICULO 1o. PROGRAMA PARA EL USO EFICIENTE Y AHORRO DEL
AGUA. Todo plan ambiental regional y municipal debe incorporar
obligatoriamente un programa para el uso eficiente y ahorro del agua. Se
entiende por programa para el uso eficiente y ahorro de agua el conjunto de
proyectos y acciones que deben elaborar y adoptar las entidades encargadas
de la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado, riego y drenaje,
producción hidroeléctrica y demás usuarios del recurso hídrico.
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