¿En tu país, cómo se establece la legítima defensa propia?

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Respuesta dada por: Karenlopez34
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Lo que dice la ley es que esto aplica cuando “se obre por la necesidad de defender un derecho propio o ajeno contra injusta agresión actual o inminente, siempre que la defensa sea proporcionada a la agresión”. Además, se presume en particular cuando una persona “rechaza al extraño que, indebidamente, intente penetrar o haya penetrado a su habitación o dependencias inmediatas”.

Mejor dicho, no basta con estarse defendiendo. Hay unos requisitos más específicos que la Corte Suprema de Justicia, en particular su sala de casación penal, ha ido puliendo en sus decisiones. Matiz los enumeró así:

(i) que exista una agresión ilegítima o antijurídica que genere peligro al interés protegido legalmente; (ii) el ataque ha de ser actual o inminente, esto es, que se haya iniciado o, sin duda alguna, vaya a comenzar y aún haya posibilidad de protegerlo; (iii) la defensa debe ser necesaria para impedir que el ataque se haga efectivo; (iv) la entidad de la defensa debe ser proporcionada cualitativa y cuantitativamente respecto de la respuesta y los medios utilizados, y (v) la agresión no ha de ser intencional o provocada.

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