• Asignatura: Química
  • Autor: palominofabiola029
  • hace 7 años

reglamentos para la conservación de bosques

Respuestas

Respuesta dada por: hpaulandrea09
0

Considerando

Que el Plan Nacional de Desarrollo 1983-1988 tiene entre sus objetivos para el Distrito Federal, el de mejorar la calidad del medio ambiente para sus habitantes, a través de la recuperación del equilibrio ecológico;

Que la contaminación ambiental y el uso irrestricto de los recursos naturales representan una amenaza permanente para la salud de los habitantes de la capital, por lo que es impostergable adecuar el marco jurídico a las necesidades actuales, a efecto de detener el deterioro ambiental de la ciudad;permitiendo recuperar y preservar los espacios verdes con objeto de lograr una protección ecológica que garantice el desarrollo armónico de la sociedad;

Que respecto del Bosque de Chapultepec, factor de equilibrio para el medio ambiente del Distrito Federal y patrimonio histórico y cultural trascendental de la Nación, se hace necesario dotarlo de un ordenamiento jurídico que regule las actividades que en él se desarrollan a efecto de lograr su óptima conservación, y habiendo escuchado al respecto la voluntad de la ciudadanía a través de la consulta popular a ese fin llevada a cabo y en la cual el planteamiento generalizado fue en el sentido de garantizar la preservación de los recursos y esfuerzos realizados, he tenido a bien expedir el siguiente

Capítulo IV

Respuesta dada por: 947032484
3

Respuesta:

Destruir la naturaleza es destruir la vida por eso cumple el reglamento

Capítulo I  

Artículo 1.- Del derecho y deber fundamental Toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del país.  

Artículo 2.- Del derecho de acceso a la información Toda persona tiene el derecho a acceder adecuada y oportunamente a la información pública sobre las políticas, normas, medidas, obras y actividades que pudieran afectar, directa o indirectamente, el ambiente, sin necesidad de invocar justificación o interés que motive tal requerimiento. Toda persona está obligada a proporcionar adecuada y oportunamente a las autoridades la información que éstas requieran para una efectiva gestión ambiental, conforme a Ley.  

Artículo 3.- Del derecho a la participación en la gestión ambiental Toda persona tiene el derecho a participar responsablemente en los procesos de toma de decisiones, así como en la definición y aplicación de las políticas y medidas relativas al ambiente y sus componentes, que se adopten en cada uno de los niveles de gobierno. El Estado concierta con la sociedad civil las decisiones y acciones de la gestión ambiental.

DECRETA:

Articulo 1.- le da derecho a toda persona vivir en un ambiente saludable.

El deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva.

Articulo 2.-  publicación

Disponer la publicación del presente reglamento, el Reglamento aprobado por el, “colegio San Luis Gonzaga de ICA” el mismo día de la publicación del presente reglamento.

Articulo 3.-financiamiento

El financiamiento del presente reglamento se realiza con cargo al presupuesto institucional de los bosques y parques, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Articulo 4.- refrendos  

El presente reglamento es refrendado por los alumnos del colegio “San Luis Gonzaga de Ica” 3° “K”

Dado en la Casa del alumno, en Ica, a los doce días del mes de mayo del año dos mil veinte.  

RUBEN NICANOR ROJAS ESPINO                    alumno del colegio  

LUIS SEBASTIÁN PALOMINO HERNÁNDEZ                                         alumno del colegio

Capítulo II

Artículo 1.- objeto  

El presente dispositivo normativo tiene como objeto reglamentar que todos debemos cuidar los bosques y los parques.

Artículo 2.- Finalidad                                      

El presente Reglamento tiene como finalidad contribuir con el ejercicio del derecho que tiene toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; garantizar que los bosques y parques se preserven donde los bosques y parques estén vigilados por los responsables.

Articulo 3.- normas que cumplir

Para la aplicación de lo dispuesto en el presente Reglamento se debe considerar el glosario de términos establecido en la Ley General del Ambiente LEY Nº 28611      

         3.1No hacer fogatas cerca de los bosques.- No se permiten los fuegos abiertos, entre ellos, las fogatas, debido a que los vientos pueden extender el fuego.

         3.2. Talar árboles nos afecta, no talar.- los árboles “inhalan” dióxido de carbono (CO2) del aire. Los bosques sanos limpian el aire y regulan el clima.

        3.3 No arrojar basura en los bosques.-no se deben arrojar residuos que contaminen o degraden los bosques y pongan en riesgo el habitad de la flora y fauna

Explicación:

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