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Las Cortes de Cádiz consumarán la revolución liberal española. Una revolución que supondría, junto a la construcción de un nuevo régimen o sistema político -soberanía de la nación frente a la del monarca, derechos de los ciudadanos como fundamento y finalidad del orden estatal y límite a su acción, división de poderes y principio de legalidad-, la configuración, frente al viejo orden estamental, de un nuevo tipo de sociedad, a través de una serie de medidas legales, lógicamente articuladas, que subvierten los fundamentos de la sociedad tradicional.
El 19 de marzo fue la fecha escogida: “debiendo el día de la promulgación del Código Constitucional hacer época en los fastos de la nación” al ser aniversario del que “por la espontánea renuncia de Carlos IV subió al trono de las España su hijo el rey amado de todos los españoles Don Fernando VII de Borbón, y cayó para siempre el régimen arbitrario del anterior Gobierno, abriendo un largo campo a las esperanzas de la Nación y a los heroycos hechos de su lealtad y patriotismo”. La Constitución de 19 de marzo de 1812, replica liberal y patriótica del Estatuto de Bayona, siquiera se vea influida decisivamente por el iusnaturalismo racionalista y el pensamiento constitucional anglofrancés, constará de diez títulos y trescientos ochenta y cuatro artículos y alumbra, como se ha dicho, una nueva organización política, fundada en un conjunto de principios revolucionarios, rigurosamente opuestos a los que estructuraban el Estado del absolutismo y, a su frente, el de la soberanía de la Nación. espero te sirva saludos
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