Que estado termino con gran parte del poder de la iglesia?

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Respuesta dada por: los5magos12345
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Respuesta:

Relaciones Iglesia-Estado es el término con que la teoría política y la historiografía se refieren ... Con menos propiedad, también se suelen aplicar a las relaciones entre el poder político y el poder religioso en otras religiones o civilizaciones; por ... Cualquier intento por parte de uno de apoderarse del otro desprecia

Explicación:La separación Iglesia-Estado es el concepto legal y político por el cual las instituciones del Estado y religiosas (iglesias) se mantienen separadas y las iglesias no intervienen en los asuntos públicos; teniendo cada parte una ... Una religión dominante es la que ocupa el poder en el gobierno, por lo general, se establece


santigaber: No responde a mi pregunta
santigaber: No nombró el estado
los5magos12345: A través de la historia de la Iglesia desde la perspectiva específica de estas reflexiones, es dado ver las alternativas teórico-prácticas que ha asumido la autoridad jerárquica, sea que ésta se refiera al emperador cristiano (en los primeros siglos) o al sucesor de Pedro, considerado en sí mismo o en relación con el Colegio de los Obispos.
los5magos12345: La segunda parte ahonda en las consecuencias que es posible extraer del magisterio del Vat. II por lo que respecta al derecho Canónico.

Este requiere ser valorado y aplicado en estrecha conexión con el dato revelado y con la naturaleza mistérica de la Iglesia.
los5magos12345: En este proceso de redescubrimiento y valorización de la dimensión jurídica eclesiástica, se perfilan dos elementos inter-relacionados que caracterizan toda experiencia comunitaria en la Iglesia: la instancia gubernativa y la autonomía personal.

La autoridad de la Iglesia deriva de los datos de la Revelación y se transmite fundamentalmente por vía sacramental en el Orden sagrado; dicha potestad es ministerial y asume un carácter colegiado.
los5magos12345: La configuración de la autoridad en la Iglesia en términos de ministerialidad o servicio, lleva a confirmar la centralidad del fiel cristiano en todo el ordenamiento jurídico canónico.

Los dos elementos _autoridad y autonomía personal_ aun cuando se sitúan potencialmente contrapuestos hallan un punto de convergencia en la Iglesia, entendida fundamentalmente como una comunión.
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