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La demanda es el acto de iniciación procesal por antonomasia, se diferencia de la pretensión procesal en que aquella se configura con un motivo de la petición formulada ante un órgano judicial para que se disponga la iniciación y el trámite del proceso.
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Podemos definir la demanda como aquel acto procesal iniciador del proceso, mediante el cuál una parte, denominada demandante, inicia el ejercicio de una acción o derecho a la jurisdicción, amparado en el derecho fundamental a obtener tutela judicial efectiva.
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