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El agua es un bien de uso público, patrimonio de la Nación, regulado por la Ley.
Su dominio es inalienable e imprescriptible. No hay propiedad sobre el agua. El uso sólo puede
ser otorgado y ejercido sosteniblemente en armonía con el interés de la Nación, el bien
común, el desarrollo económico y la protección ambiental del país.
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