• Asignatura: Derecho
  • Autor: carmoru
  • hace 8 años

• Sanciones, que se ejercerán sobre quienes no cumplan el reglamento. En este caso, se encuentran en el CAPÍTULO VI. Las puedes releer.

Respuestas

Respuesta dada por: adriannavicente
7

Respuesta:

capitulo VI

FISCALIZACIÓN, SANCIÓN E INCENTIVOS:

Artículo 27.- De la fiscalización y sanción

Las entidades competentes ejercen las funciones de

fiscalización y sanción conforme a las normas señaladas

en el artículo 8 de la Ley N° 30884, las disposiciones

del presente Reglamento y demás normas sobre la

materia.

Artículo 28.- entidades competentes para la

fiscalización y sanción

28.1 El Organismo de Evaluación y Fiscalización

Ambiental es la entidad competente para fiscalizar las

siguientes obligaciones ambientales:

a) No fabricar para el consumo interno bolsas de

base polimérica,

b) No distribuir bolsas de base polimérica, cuya

dimensión tenga un área menor a novecientos centímetros

cuadrados (900 cm2)

c) No fabricar para el consumo interno sorbetes de

base polimérica, tales como pajitas, pitillos, popotes,

cañitas, entre otros similares

d) No fabricar para consumo interno recipientes o

envases y vasos de poliestireno expandido para alimentos

e) Brindar información veraz en el Registro.

f) Reportar anualmente en el Registro.

UFF ESO ES EL RESUMEN:( PERO SOLO PUEDES COPIAR LO PRIMERO:) NO HAY PROBLEMA

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