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cuales son las limitaciones al ejercicio de los derechos políticos según el Artículo 33 de la Constitución

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Respuesta dada por: alejandracarolina201
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tu me ayudaste ami:^ así que intentaré ayudarte a ti

no se si sirve

Nacional señala que “la nación argentina adopta para su gobierno la forma representativa  republicana federal, según lo establece la presente constitución”, de allí es que “además de la división orgánica o funcional del poder, las funciones del mismo están establecidas territorialmente en órganos regionales (provincias) los que ejercen un poder parcelado sobre la porción del territorio nacional que se les reconoce como propia”[1]. 

La forma y modo de la distribución del poder territorial en base a esta premisa se encuentra establecida en el art.5 de la carta  magna, al reconocerles las facultades a las provincias claramente dice “Cada Provincia dictara para si una constitución bajo el sistema representativo republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución Nacional; y que asegure su administración de justicia, su régimen municipal y la educación primaria. Bajo de estas condiciones el Gobierno federal, garante a cada provincia el goce y ejercicio de sus instituciones”

La constitución nacional introduce el término “sistema” y nada más oportuno y conveniente que analizar este concepto funcional de las relaciones de poder en base al análisis que se traslada a estas disciplinas y puede definirse como “un conjunto de elementos interconectados” en un ámbito determinado  y por ello es identificado como un “sistema de interacciones abstraídos de la totalidad de las conductas sociales a través de las cuales los valores son asignados de manera imperativa para una sociedad”.

De allí que esta particularidad dentro de un gran “ambiente”,  tenga su espacio determinado signado por relaciones a las que se les “demande” algo, genere respuestas; tenga tensiones, supere las mismas por los mecanismos de retroalimentación que provoquen el equilibrio.

La retroalimentación demuestra la capacidad del sistema para enfrentar la tensión y persistir, y ello nos permite contar con un modelo de flujo del sistema político que es dinámico y sirve para interpretar los procesos políticos como un flujo continuo y entrelazado de conductas

Por ello se sostiene que un sistema político inserto en un ambiente y sujeto a posibles influencias debe reaccionar con medidas que atenúen la tensión para persistir; para ello es crucial las acciones de las autoridades, en nuestro caso previsto en la propia constitución.

Está claro que el art.5 impone un reparto de valores y condiciona, las tensiones y puesta en peligro del propio sistema encuentra respuesta en el art.6 de la C.N.

Pero no todas las tensiones que tiene el sistema federal se resuelven por la vía extrema de la intervención federal sino que existen “productos” que elaboran el orden federal o las provincias,  según corresponda, para abordar algunas demandas propias de esa actividad.

En particular es claro que “ el sistema político puede modificar las condiciones en que funciona la sociedad y por lo tanto, alterar a la vez el carácter de las demandas que se le hagan al sistema” ya que “cada organización constituye un subsistema que recibe insumos de otras organizaciones, a la vez que sus productos constituyen insumos para las demás” y en ello se inscribe el federalismo argentino con sus propias funciones,  con mecanismos de demandas y respuestas que mantengan el equilibrio federal con su propio proceso de retroalimentación, llegando al extremo de la intervención federal como mecanismo de control; mas lo cierto es que el cambio de las reglas del sistema han provocado muchas veces respuestas erróneas a los insumos provenientes de los sistemas políticos provinciales y el ciclo de retroalimentación no elimina el desequilibrio causado sino que lo agrava” enseña Sola[2].


alejandracarolina201: ya se que es bastante sorry
cubasalma: esta largo
cubasalma: xd
Destruyer212: grax
alejandracarolina201: denaa
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