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CAPÍTULO II
ORGANIZACIÓN POLÍTICO-JURÍDICA DE
LA REPÚBLICA DOMINICANA
A. Estructura política de la República Dominicana
38. El artículo 4 de la Constitución de la República Dominicana establece la organización política y jurídica del Estado, la cual se divide en tres Poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. El Poder Ejecutivo está representado por el Presidente de la República, quien es elegido por voto popular cada cuatro años. La Cámara de Diputados y el Senado constituyen el Poder Legislativo y la Suprema Corte de Justicia, junto con los demás tribunales, componen el Poder Judicial.
39. El 16 de mayo de 1996, se celebró la elección presidencial, con la participación de candidatos y partidos de diferentes tendencias ideológicas, en un marco de libertad y transparencia que fue reconocido por la comunidad internacional.3 Como resultado de esas elecciones, asumió la presidencia el Dr. Leonel Fernández, del Partido de la Liberación Dominicana, sustituyendo al Dr. Joaquín Balaguer, quien en diferentes períodos ocupó la presidencia por un total de 22 años.
40. La Constitución de la República Dominicana de 1966, fue reformada después de 28 años de vigencia. Las reformas fueron promulgadas el 14 de agosto de 1994, por el entonces Presidente de la República, Joaquín Balaguer. Entre las principales reformas se encuentra la creación del Consejo Nacional de la Magistratura. Dicho Consejo está compuesto por siete miembros: el Presidente de la República y cuatro legisladores incluyendo a los presidentes de las cámaras, así como al Presidente de la Suprema Corte de Justicia y un segundo Magistrado de este órgano.
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