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Explicación:
1. “Si la sociedad es de naturaleza jurídica SAS, la responsabilidad de los socios asciende hasta el monto de sus aportes1 y para este caso particular, los aportes de la persona jurídica accionista de (…) asciende a la suma de $140,000,000.oo; y ha cubierto obligaciones al día de hoy por la suma de $480,000,000.oo ¿Hasta cuándo o cuánto mas debe la persona jurídica seguir pagando deudas adquiridas por la suplente sin la autorización ni conocimiento de la sociedad?.
1 Articulo 1º de la Ley 1250 de 2008.
2 La condena asciende a $90.000.000 aproximadamente
2. “Específicamente, estoy en la obligación de pagar la suma a la que se ha condenado a la sociedad (…) por el juez municipal del municipio de Puerto López en segunda instancia2?