Respuestas
Respuesta:
¿Cuándo se comete infracción?
Cometerán infracción de error o engaño, todas aquellas empresas cuya publicidad no respete:
Los componentes del producto y su porcentaje.
La idoneidad del bien o servicio para los fines que se pretende satisfacer.
Las características relevantes del bien o servicio.
El precio del bien o servicio y su forma de pago.
Las condiciones de la garantía.
Su condición de no producir daño al medio ambiente o a la calidad de vida y el ser reciclable y reutilizable.
Por ejemplo, un producto que promete bajar de peso en una semana y resulta no ser así o una inmobiliaria que ofrece áreas verdes, juegos infantiles y gimnasio que no entrega nada de eso.
¿Cuáles son las sanciones por publicidad engañosa?
Quien incurra en publicidad engañosa recibirá una multa de entre 50 y 750 UTM. Si los efectos de ese engaño derivan en daños al medio ambiente, la multa será de 1.000 UTM. El juez puede doblar la multa en caso de reincidencia.