María Alejandra recibe en el mes de Julio un sueldo líquido $ 606.450. Si sabe que en su sueldo le descuentan un 11,54% por AFP., 7% por salud y 0,6% por seguro de cesantía. Determina su sueldo base imponible.

Respuestas

Respuesta dada por: nicolepillalaza
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Si opta por Financiamiento con el saldo de su Cuenta Individual:

El trabajador tiene derecho a realizar tantos giros mensuales de su Cuenta Individual como el saldo lo permita. El monto a girar será un porcentaje de sus remuneraciones en cierto período, que varía según el tipo de contrato. El primer giro corresponderá al 70% del promedio de las últimas remuneraciones anteriores al despido. En los meses posteriores este porcentaje irá descendiendo hasta agotar el saldo de la Cuenta Individual.

Tabla de Giros

Meses

Promedio Remuneración

Primero

70%

Segundo

55%

Tercero

45%

Cuarto

40%

Quinto

35%

Sexto

30%

Séptimo o superior

30%

Si se accedió a este beneficio antes del 25 de abril 2015 y se tienen aún giros pendientes, los pagos restantes se recalcularán de acuerdo a los porcentajes señalados.

El trabajador puede cobrar el Seguro de Cesantía independiente de la causal de término de contrato.

Si accede al Financiamiento del Seguro de Cesantía con cargo al Fondo Solidario

El trabajador puede recibir giros por:

- 5 meses si se tiene contrato Indefinido

- 3 meses si se tiene contratos a Plazo Fijo o por Obra

Además, si el trabajador permanece cesante, independiente del tipo de contrato, podrá recibir 2 giros adicionales cuando la tasa de desempleo nacional informada por el INE supere en un 1% a la tasa promedio de desempleo de los últimos 4 años. Estos giros adicionales no se consideran en el límite de acceso al Fondo Solidario.

Tabla de Cálculo del Monto de Giros Contrato Indefinido

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