En que artículo de la constitución nacional están expresados dichos derechos?? (Me ayudan xfaa)​

Respuestas

Respuesta dada por: treisita
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Respuesta:

Artículo 1°.- La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el  fin supremo de la sociedad y el estado.

Artículo 2°.- Toda persona tiene derecho:

1. A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre  desarrollo y bienestar.

2. A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera .

3. A la libertad de conciencia y de religión, en forma individual o asociada.

4. A las libertades de información, opinión, expresión y difusión del

pensamiento mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por cualquier

medio de comunicación social, sin previa autorización ni censura ni

impedimento algunos, bajo las responsabilidades de ley.

5. A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla  de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el  pedido.

pedido.

6. A que los servicino suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar. os informáticos, computarizados o no, públicos o privados.

7. Al honor y a la buena reputación, a la intimidad personal y familiar así como  a la voz y a la imagen propias.

8. A la libertad de creación intelectual, artística, técnica y científica, así como

a la propiedad sobre dichas creaciones y a su producto.

9. A la inviolabilidad del domicilio. Nadie puede ingresar en él ni efectuar

investigaciones o registros sin autorización de la persona que lo habita o

sin mandato judicial, salvo flagrante delito o muy grave peligro de su

perpetración.

10. Al secreto y a la inviolabilidad de sus comunicaciones y documentos

privados.

11. A elegir su lugar de residencia, a transitar por el territorio nacional y a salir

de él y entrar en él, salvo limitaciones por razones de sanidad o por

mandato judicial o por aplicación de la ley de extranjería.

12. A reunirse pacíficamente sin armas. Las reuniones en locales privados o

abiertos al público no requieren aviso previo.

13. A asociarse y a constituir fundaciones y diversas formas de organización

jurídica sin fines de lucro, sin autorización previa y con arreglo a ley.

14. A contratar con fines lícitos, siempre que no se contravengan leyes de

orden público.

15. A trabajar libremente, con sujeción a ley.

16. A la propiedad y a la herencia.

17. A participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica,

18. A mantener reserva sobre sus convicciones políticas, filosóficas, religiosas

o de cualquiera otra índole, así como a guardar el secreto profesional.

19. A su identidad étnica y cultural.

20. A formular peticiones, individual o colectivamente, por escrito ante la

autoridad competente, la que está obligada a dar al interesado una

respuesta también por escrito dentro del plazo legal, bajo responsabilidad.

21. A su nacionalidad. Nadie puede ser despojado de ella. Tampoco puede ser

privado del derecho de obtener o de renovar su pasaporte dentro o fuera del

territorio de la República.

22. A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así

como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su

vida.

23. A la legítima defensa.

24. A la libertad y a la seguridad personales.

Explicación: listo

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