Respuestas
Respuesta:El reinado de los Reyes Católicos (1469-1516) marca el límite entre la Edad Media y la Edad Moderna. Se caracteriza por la unión política de los reinos peninsulares, la conclusión de la Reconquista y el descubrimiento de América. Los órganos de poder en España eran:
la familia: el padre tiene todos los derechos sobre los hijos;
el municipio era la base territorial y estaba dominado por la nobleza, las atribuciones del municipio eran muy amplias, mayores que las del Estado;
el corregidor era una especie de gobernador civil con mayores poderes, su función era ejercida por la bajo y media nobleza;
el señorío territorial y señorial representaba la delegación del poder real en favor de un particular (más de la mitad de las villas de España estaban sometidas al régimen señorial).
el Rey: la autoridad real recibía una sanción religiosa y civil, tenía carácter absoluto (no estaba obligado a las leyes ordinarias, sólo a las morales y divinas); los poderes autónomos de que estaba dodata la sociedad se contraponían a la suprema autoridad que poseía el rey;
las Cortes representaban el reino y eran el órgano de colaboración con él, hacían jurar los fueros a los reyes y votaban impuestos extraordinarios;
los Consejos eran órganos asamblearios consultivos encargados de asuntos específicos: Consejo de Estado, Consejo de Castilla, Consejo de Indias, Consejo de Hacienda;
El reinado de los Reyes Católicos (1469-1516) marca el límite entre la Edad Media y la Edad Moderna. Se caracteriza por la unión política de los reinos peninsulares, la conclusión de la Reconquista y el descubrimiento de América. Los órganos de poder en España eran:
la familia: el padre tiene todos los derechos sobre los hijos;
el municipio era la base territorial y estaba dominado por la nobleza, las atribuciones del municipio eran muy amplias, mayores que las del Estado;
el corregidor era una especie de gobernador civil con mayores poderes, su función era ejercida por la bajo y media nobleza;
el señorío territorial y señorial representaba la delegación del poder real en favor de un particular (más de la mitad de las villas de España estaban sometidas al régimen señorial).
el Rey: la autoridad real recibía una sanción religiosa y civil, tenía carácter absoluto (no estaba obligado a las leyes ordinarias, sólo a las morales y divinas); los poderes autónomos de que estaba dodata la sociedad se contraponían a la suprema autoridad que poseía el rey;
las Cortes representaban el reino y eran el órgano de colaboración con él, hacían jurar los fueros a los reyes y votaban impuestos extraordinarios;
los Consejos eran órganos asamblearios consultivos encargados de asuntos específicos: Consejo de Estado, Consejo de Castilla, Consejo de Indias, Consejo de Hacienda;
Explicación:pue es que
el regalismo se fue cifrando en la confrontación permanente entre el poder monárquico y el pontificio por el control de dominios discutibles: retención de bulas, inmunidades, patronato sobre las iglesias, recursos de fuerza, los reyes de España reclamaban a la Iglesia los derechos a presentación de cargos eclesiásticos, pase regio y recursos de fuerza. Las interferencias entre Iglesia y Estado eran jurisdicionales, económicas y políticas