• Asignatura: Historia
  • Autor: Evelyn098
  • hace 8 años

Que caracteristicas tiene la democracias en los estados americanos

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Respuesta dada por: oremigioolaya
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Respuesta:

* Director del Centro de Estudios en Relaciones Internacionales de Rosario (CERIR). Profesor de Política Internacional en la Facultad de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Nacional de Rosario. Miembro de la Carrera del Investigador del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET)

EI comienzo de la década de 1990 sorprende a América Latina con el resurgimiento de golpes de Estado que se han producido en Haití, Venezuela y Perú. Estos acontecimientos que parecían superados a partir de la década pasada donde una ola de gobiernos democráticos volvió a cubrir el mapa de la región, es motivo de un amplio debate en medios académicos y políticos. Si bien las características de los golpes mencionados fueron diversas, en el marco de la Organización de Estados Americanos (OEA) se comenzó a estructurar un andamiaje jurídico para evitar la repetición de estos hechos.

Es interesante rescatar la existencia en la Carta de la OEA la formulación de la solidaridad en el marco de instituciones democráticas, esta disposición sin embargo era letra muerta. Como bien afirma el Secretario General del organización, Joao Clemente Baena Soares: "Hace unos años como todos sabemos, las interrupciones de la institucionalidad democrática pasaban inadvertidas o eran toleradas". (1)

Adelantándose a los acontecimientos y con el fin de consolidar el proceso democrático que se había iniciado en América Latina, la Organización de Estados Americanos en su XXI Asamblea General Ordinaria realizada en Santiago de Chile en junio de 1991, aprueba la resolución 1080 que con el título de" Democracia Representativa" explícita el procedimiento que debe instrumentarse en caso de que se produzca un Golpe de Estado en la región.

En la misma Asamblea General de la OEA, los cancilleres firman el compromiso de Santiago con la Democracia y la renovación del Sistema Interamericano en el que declaran:

"Su compromiso indeclinable con la defensa y promoción de la democracia representativa y de los derechos humanos en la región, dentro del respeto a los principios de libre determinación y no intervención"

Debo señalar que el Compromiso de Santiago incluye con muy buen criterio su determinación de continuar en la elaboración y desarrollo de una agenda relevante de la Organización para dar adecuada respuesta a los nuevos desafíos y requerimientos en el contexto mundial y regional.

En el último párrafo del Compromiso reitera los conceptos de democracia representativa con mayor énfasis sobre otros temas enunciados en el mismo: ..."los Estados miembros de la OEA, en nombre de sus pueblos declaran su más firme compromiso político con la promoción y protección de los derechos humanos y la democracia representativa, condición indispensable para la estabilidad, la paz y el desarrollo de la región, así como para el éxito del proceso de cambios y renovación que requiere el sistema interamericano en el umbral del siglo XXI".

La resolución 1080 del 5 de junio de 1991 aprobada en la XXI Asamblea General de la OEA, reunida en Santiago pone de manifiesto en sus considerandos las tendencias que se continúan sucediendo dentro de la OEA, cuando expresa que se debe compatibilizar el principio de no intervención con el criterio de consolidar la democracia.

Entre las cuestiones que pueden afectar el normal desenvolvimiento de la democracia, se señala "que subsisten en la región serios problemas políticos, sociales y económicos que pueden amenazar la estabilidad de los gobiernos democráticos". Es importante mencionar, que la consolidación de la democracia, así como la estabilidad política de los gobiernos de la región, esta vinculada a los impactos negativos que se producen en ella, como consecuencia de la situación económica y social por la cual esta atravesando América Latina.

Lo más relevante de esta resolución es que arbitra los medios para el caso de que se produzca un Golpe de Estado. En este sentido se le atribuye autoridad al Secretario General para que examine la situación, decida y convoque a una reunión ad hoc de ministros de Relaciones Exteriores o a un período extraordinario de sesiones de la Asamblea General, dando para ello un plazo de 10 días. (2)

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