• Asignatura: Derecho
  • Autor: cand123
  • hace 8 años

Alguien me puede decir una breve descripción del artículo 83 de la constitución nacional?

Respuestas

Respuesta dada por: abrilsanchxz
4

Explicación:

Artículo 83. - Desechado en todo o en parte un proyecto por el Poder Ejecutivo, vuelve con sus objeciones a la Cámara de su origen; ésta lo discute de nuevo, y si lo confirma por mayoría de dos tercios de votos, pasa otra vez a la Cámara de revisión.

Preguntas similares