• Asignatura: Geografía
  • Autor: Anónimo
  • hace 8 años

Cuando llegan y se aplican en nuestro país(argentina) los derechos del hombre y el ciudadano?​

Respuestas

Respuesta dada por: saraylopezlopez
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Respuesta:

La Constitución Nacional ordena en su artículo 75 “legislar y promover” acciones positivas que garanticen la “igualdad real de oportunidades y trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos”, abarcando en particular a personas con discapacidad, niños y mujeres.

A nivel internacional, en 2006 la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. El Congreso argentino adhirió a la misma dos años más tarde, a través de la Ley 26.378. La Convención señala que es necesario introducir adaptaciones y reforzar la protección para que las personas con discapacidad, para que puedan ejercer de forma efectiva sus derechos a la salud, la educación, la accesibilidad y el trabajo.

Algo similar ocurrió con la Ley 25.280 de 2000, que le dio carácter constitucional a la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad. Ese tratado insta a los países a adoptar “las medidas de carácter legislativo, social, educativo, laboral o de cualquier otra índole, necesarias para eliminar la discriminación contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integración en la sociedad”.

En términos de salud, Argentina cuenta con un sistema de prestaciones básicas de atención a favor de las personas con discapacidad creado por la Ley 24.901. El sistema contempla “acciones de prevención, asistencia, promoción y protección”, con el objeto de brindar una cobertura de salud gratuita e integral. Para acceder a la misma, los beneficiarios deben contar con el Certificado Único de Discapacidad (CUD), previsto por las leyes 22.431 y 25.504.

Ese documento habilita también a “viajar en los distintos tipos de transporte colectivo terrestre sometidos a control de la autoridad nacional” sin costo alguno (Ley 25.635). La normativa permite el libre tránsito y estacionamiento, y concede la eximición del pago de peajes y otros impuestos. A su vez, el portador del CUD tiene derecho a cobrar asignaciones familiares por discapacidad.

En cuanto al mercado laboral, la Ley 25.689 busca generar más oportunidades para personas con discapacidad a partir del establecimiento de un Cupo Laboral Obligatorio del 4 por ciento para las empresas que presten servicios públicos privatizados y entes públicos no estatales.

En lo que respecta a la accesibilidad a la información en general, y en particular a internet, existe legislación que ordena la presentación de los contenidos en formato accesible. El artículo 66 titulado “Accesibilidad” de la Ley 26.522 dispone que todos los contenidos audiovisuales transmitidos por “televisión abierta, señal local de producción propia en los sistemas por suscripción y los programas informativos, educativos, culturales y de interés general de producción nacional”, deberán incorporar un subtitulado oculto (closed caption), lengua de señas y audio descripción.

La Ley 26.653 de accesibilidad de la información en las páginas web establece que todos los organismos del Estado, las empresas estatales y las privadas concesionarias de servicios públicos “deberán respetar en los diseños de sus páginas web las normas y requisitos sobre accesibilidad de la información que faciliten el acceso a sus contenidos a todas las personas con discapacidad”. El objeto último de esta norma, así como el del resto de la legislación, es garantizar la igualdad de oportunidades y evitar todo tipo de discriminación.

La Ley Nacional de Educación, la 26.206, contiene un capítulo dedicado a la Educación Especial, entendida en esta norma como una “modalidad del sistema educativo destinada a asegurar el derecho a la educación de las personas con discapacidad”. El texto explica que la educación especial se rige bajo el principio de educación inclusiva y es responsabilidad del Ministerio de Educación, en acuerdo con el Consejo Federal, garantizar la integración de los estudiantes con discapacidad en todos los niveles y modalidades, según las posibilidades de cada uno.

La Ley 25.730 de Programas y Proyectos a favor de las personas con discapacidad ordena financiar las actividades de promoción de derechos a partir de las multas aplicadas a quienes cometan irregularidades en la entrega de cheques.

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