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El presidente de la Nación puede: Aprobar y promulgar la ley. Se completa así el proceso legislativo. Esto lo puede hacer por medio de un decreto o bien “promulgación de hecho”, ya que si el presidente no se pronuncia pasados diez días hábiles desde que se le comunicó la norma se promulga automáticamente.
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ojala te sirva
lauracitlaliromero:
Muchas gracias.
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EL PROCESO LEGISLATIVO: CREACIÓN DE UNA NUEVA LEY
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