• Asignatura: Derecho
  • Autor: DD4F
  • hace 7 años

funcion de las carceles

Respuestas

Respuesta dada por: santiagoderas3pe59c7
2

Respuesta:

La función de los carteles es dar a conocer o difundir algún tipo de noticia de una forma creativa y sin tanto texto en la misma.


mar7460: Cárceles, no carteles.
DD4F: gracias nwn
Respuesta dada por: verdolaga20027
5

Respuesta:

FUNCIONES FORMALES. En primer lugar, las funciones formales o legislativas, vienen definidas en la Constitución Española (art. 25.2) y en el Ordenamiento Penitenciario como funciones resocializadoras de las personas recluidas. Efectivamente la Ley Orgánica General Penitenciaria comienza atribuyendo en el art. 1 a las instituciones penitenciarias como función primordial la de “reeducación y reinserción social de los sentenciados a penas y medidas penales privativas de libertad”. En segundo término y junto a ella, la finalidad de “retención y custodia de detenidos, presos y penados”, y por último, un tercer fin de “prestación de asistencia y ayuda para internos y liberados”. Esto se consigue a través del tratamiento como “conjunto de actividades directamente dirigidas a la consecución de la reeducación y reinserción social de los penados” (art. 59.1, LOGP). Se ha de observar siempre el respeto a la dignidad humana, al derecho a no sufrir tratos inhumanos o degradantes, y de libertad ideológica (art.10.1, 15 y 16.1, CE). Además, la persona recluida conserva el derecho a no ser tratado. La voluntariedad es un elemento esencial al tratamiento del interesado, que ha de participar en su planificación y ejecución.Por tanto, el fin y las funciones resocializadoras de la pena privativa de libertad han de proyectarse con preferencia sobre toda la actividad penitenciaria; excediendo dicha actividad ampliamente de la mera labor de custodia y aseguramiento, ha de centrarse en el ofrecimiento de toda la ayuda posible para superar los problemas que le hayan conducido al delito.Lógicamente, ni qué decir tiene que estas funciones formales proclamadas, después de dos décadas de reforma penitenciaria, podemos evaluarlas como la historia de un fracaso a la luz de muy diversos indicadores y valoraciones: incremento de las tasas de encarcelamiento, altas tasas de reingresos de los mismos sujetos, supeditación del tratamiento a criterios disciplinarios, tasas altísimas de siniestralidad, condiciones endémicas de hacinamiento, mayoría de la población con enfermedades graves, etcétera.Sin embargo, estas funciones tienen un fuerte componente simbólico de carácter legitimador y funcionan, por un lado, como encubridoras de una estructura material incompatible con ellas y, por otro, como refuerzo en tareas de gobernabilidad que más adelante analizaremos. Estas funciones a menudo ocultan la realidad social de la cárcel que tiene que ver más con los otros dos tipos de funciones que mencionamos a continuación, y que son las que narran la historia de un sistema de ejecución de penas fundamentado en el encarcelamiento como un sistema exitoso.FUNCIONES SOCIALES. Así, en segundo lugar, la cárcel cumple funciones sociales generales de dos tipos: instrumentales y simbólicas.


DD4F: gracias nwn
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