Cómo puedo explicar el artículo 98 de nuestra Constitución colombiana​

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Respuesta dada por: O83
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Artículo 98 Constitución Politica de Colombia

las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.

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