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Respuesta: Artículo 56. La Cámara de Senadores se compondrá por seis miembros por cada estado y seis por el Distrito Federal, electos en forma directa por el sistema mixto de mayoría relativa y de representación de minorías; la Cámara se renovará por mitad cada tres años.
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Artículo 56. La Cámara de Senadores se integrará por ciento veintiocho senadoras y senadores, de los cuales, en cada Estado y en la Ciudad de México, dos serán elegidos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno será asignado a la primera minoría
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