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Derecho a la alimentación en la Constitución Mexicana. ... En el artículo 4° se adiciona un párrafo que señala que ''Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará
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En su Constitución Política de 1853, reformada por última vez en 1994, el Estado argentino reconoce en su artículo 75, inciso 22, el derecho a la alimentación de forma implícita, al dar a la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales jerarquía constitucional, superior a las leyes ordinarias.
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