Enliste los errores y aciertos de la colonización

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Respuesta dada por: mariangelicap
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Consideremos un ejemplo notable: las teorías de la adquisición de derechos territoriales. Tanto en la versión individualista como en la colectivista, los derechos territoriales se establecen como resultado de la libertad que tienen los agentes para reclamar recursos sin dueño previo (incluyendo la tierra) y la manera en la que la utilización de estos recursos promueve los fines de estos agentes.9 Para algunos, los derechos territoriales resultan de agentes que hacen uso efectivo de la tierra; para otros, resultan de merecer los frutos de los esfuerzos invertidos para mejorarla, e incluso, para otros, se establecen como resultado de la incorporación de recursos externos necesarios a propósitos y actividades legítimos.

Sin embargo, una explicación similar de la relación entre la ocupación de tierras y la colonización estuvo presente en muchos intentos tempranos de la Modernidad por justificar las prácticas coloniales. Como decía Grocio: “Si dentro de un territorio de un pueblo hay cualquier tierra desierta y no productiva [...] los forasteros tienen derecho de tomar posesión de ella, pues la tierra no cultivada no debe considerarse ocupada” (Grocio, 1901: II.2.XVII).10 Locke, para quien las condiciones de vida de los grupos indígenas en las Américas ofrecían una clara imagen de cómo el estado de naturaleza se hubiera visto históricamente,11 insistió en algo similar, pero reemplazó el criterio de uso por una restricción mucho más fuerte: el trabajo. Según él, los objetos externos tenían que ser apropiados antes de que pudieran ser de uso alguno, y el único medio por el cual la tierra podría ser apropiada era cultivándola.

Por supuesto, la posible objeción a estas tempranas explicaciones radica en que su justificación de los derechos territoriales hace demasiado énfasis en el trabajo, en el uso eficiente de recursos y en el cultivo productivo, descuidando, por lo tanto, las formas culturales específicas de interacción con la tierra por parte de las poblaciones indígenas. Pero la razón por la cual los primeros autores de la Modernidad negaron los derechos territoriales a los indígenas se explica, sólo hasta cierto grado, por su ignorancia acerca de los modos de vida alternativos o por un sesgo cultural en su aplicación de las teorías de adquisición. El Primer Conjunto de Constituciones Fundacionales para Carolina, el cual Locke ayudó a redactar, enfatiza que “la idolatría, ignorancia o errores de los indios no nos da derecho a expulsarlos o a tratarlos mal” (Locke, 1824: 9: XCVII). Además, Locke, sin duda, estaba de acuerdo con que la teoría de la adquisición por trabajo aplicaba a los pueblos nativos de las Américas: “La Ley de la razón”, aseguraba, “hace que el ciervo sea del indio que lo mató” (Locke, 1998: II.30). La cuestión no era que la actividad productiva de los indios americanos no generara derechos a la adquisición; más bien, la actividad productiva indígena no se extendió a los recursos (como la tierra), los cuales, de acuerdo con los autores que estamos examinando, evidentemente no eran usados de forma continua, territorialmente hablando.12

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