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Se entiende como acción exterior de la Unión (AE) el conjunto de políticas, instrumentos y capacidades con proyección esencialmente exterior que ejercita o lleva a cabo la Unión Europea en el mundo, y a la concreta definición, despliegue y desarrollo de los mismos; esto es: el ámbito de sus relaciones internacionales.[3] La acción exterior comprende diversas políticas interconectadas pero autónomas cuyo funcionamiento se estructura en torno a dos soportes jurídicos bien distintos: la política exterior y de seguridad común (PESC), de diseño principalmente intergubernamental,[4] y todo el resto de ámbitos tradicionalmente comprendidos en el extinto "pilar comunitario", que se ordenan por cauces más institucionales.
Espero te sirva saludos
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