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1
bueno pues lo que yo entendí es que el Artículo 8: Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley. ... por la constitución" o por ley ”- y no necesaria ni simplemente una compensación financiera.
gero21:
gracias.
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