Y cuales son la funciones del cootad

Respuestas

Respuesta dada por: rodrigoflores43557
1

Respuesta:

NOTA GENERAL:

Mediante Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 206 de 22 de marzo del 2018 , derogó

la Ley de Plusvalía, que reformó los artículos 197, 526; y, agregó los artículos 526.1, 561.1 al 561.18,

disposición general 17, disposiciones transitorias 1a. a la 4a. de esta Ley. (Segundo Suplemento).

FUNCION EJECUTIVA

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

CODIGO ORGANICO DE ORGANIZACION TERRITORIAL,

AUTONOMIA Y DESCENTRALIZACION

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR

Oficio No. T.4570- S/n.1-10-1516

Quito, 11 de octubre de 2010

Señor Ingeniero

Hugo Enrique del Pozo Barrezueta

DIRECTOR DEL REGISTRO OFICIAL

En su despacho

De mi consideración:

Por disposición del señor Presidente Constitucional de la República, de conformidad a lo establecido

en el artículo 138 de la Constitución de la República, en concordancia con el artículo 64 de la Ley

Orgánica de la Función Legislativa, le solicito proceder a la publicación del Código Orgánico de

Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, para lo cual remito lo siguiente:

1.- Un ejemplar del oficio No. T.4570-SNJ-10-1478 de 4 de octubre del 2010, suscrito por el Doctor

Alexis Mera Giler, mediante el cual solicita del señor Presidente de la Asamblea Nacional, Arquitecto

Fernando Cordero Cueva, emitiese una certificación sobre si el Pleno de dicho Organismo discutió y

aprobó o no, dentro del plazo de treinta días, la objeción parcial remitida por el señor Presidente

Constitucional de la República, Economista Rafael Correa Delgado, remitida mediante oficio No. T.

4570-SNJ-10-1350 de 3 de septiembre del 2010 y sus alcances remitidos mediante oficios No. T.

4570-SNJ-10- 1398 del 13 de septiembre del 2010 y T.4570-SNJ-10-1410 del 15 de los mismos mes

y año.

2.- Oficio No. SAN-2010-671 del 4 de octubre del 2010 suscrito por el Secretario General de la

Asamblea Nacional, mediante el cual certifica que el Pleno trató la objeción parcial y se allanó a los

artículos 3, 15, 16, 34, 37, 50, 57, 60, 66, 67, 70, 90, 93, 95, 99, 117, 118, 119, 121, 127, 128, 129.

130, 136. 137, 138, 144, 145, 154, 157, 167. 172, 173, 177, 179, 182, 186, 193, 194, 195. 196, 200,

211, 251, 257, 296, 318. 325, 329, 331, 348, 379, 380, 384, 395, 399, 400, 410, 412, 452, 454, 458,

466, 472, 474, 503, 509, 526, 541, 553, 562, 568, 594, Disposiciones Generales Segunda y Quinta;

Disposiciones Transitorias Tercera, Octava, Décimo Primera, Décimo Segunda, Décimo Cuarta,

Explicación:

Respuesta dada por: sanchezmarjorie740
0

Respuesta:

El Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), establece la organización político-administrativa del Estado ecuatoriano en el territorio; el régimen de los diferentes niveles de gobiernos autónomos descentralizados y los regímenes especiales, con el fin de garantizar su autonomía política, administrativa y financiera. Además, desarrolla un modelo de descentralización obligatoria y progresiva a través del sistema nacional de competencias, la institucionalidad responsable de su administración, las fuentes de financiamiento y la definición de políticas y mecanismos para compensar los desequilibrios en el desarrollo territorial.

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