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15
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A partir de ese día, el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional establece que corresponde al Congreso: Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural
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8
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el articulo 75 dice q garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural.
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