Cuál debió de haber sido la forma de gobierno durante el Porfiriato conforme a lo que establecía la constitución de 1857?
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Respuesta:
Una característica que vincula a las dos constituciones que aquí se estudian es que proceden de sendos movimientos armados que buscan cambiar el “estado de cosas.” Al estudiar la Constitución de 1917 Ulises Schmill afirma que el Plan de Guadalupe de 25 de marzo de 1913, “debe ser considerado como la Constitución del movimiento revolucionario”,[6] por la línea de legitimidad que se encuentra entre un texto y el otro.[7] Por lo que toca a la Constitución de 1857, la Convocatoria al Constituyente se hizo invocando el artículo 5º del Plan de Ayutla de 1854, reformado en Acapulco, el 11 del mismo mes y año, que desconoció a Su Alteza Serenísima, facultando al Presidente Interino [Juan Álvarez] a convocar una Congreso Extraordinario para “conformar a la nación”, tarea que realizó Comonfort a través de un Congreso Constituyente.[8] De otro parte, el Plan de Guadalupe, reformado el 12 de diciembre de 1914, facultaba a Carranza para restaurar el orden constitucional y convocar a elecciones generales.
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