• Asignatura: Derecho
  • Autor: laurablanco63411
  • hace 8 años

realiza un breve resumen de los articulos 71 a 74 de la constitucion de la republica

Respuestas

Respuesta dada por: Anónimo
188

Supongamos que se trata de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela análisis o resumen de los artículos 71 y 74.

  • Artículo 71

El presidente o presidenta de la República podrá tener la iniciativa de realizar referéndum consultivo conjuntamente con el consejo de ministros a la asamblea nacional legislativa quienes por mayoría de sus integrantes podrán aprobar o desaprobar. También puede desarrollar una consulta a través del referéndum consultivo a las parroquias, municipios y estados, mediante su Gobernador y Alcalde.

  • Artículo 74

La iniciativa y creación de leyes deben ser sometidas a un proceso de aprobación de ley por la asamblea nacional, presidente, consejo de ministros y electores inscritos en el registro civil electoral.

Respuesta dada por: Aluvico1
107

Respuesta:

constitución del ecuador

Explicación:

La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.  Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza, la naturaleza tiene derecho a la restauración será independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas de indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales afectados.

El Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales. Se prohíbe la introducción de organismos y material orgánico e inorgánico que puedan alterar de manera definitiva el patrimonio genético nacional. Las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades tendrán derecho a beneficiarse del ambiente y de las riquezas naturales que les permitan el buen vivir. Los servicios ambientales no serán susceptibles de apropiación; su producción, prestación, uso y aprovechamiento serán regulados por el Estado.

Como se puede observar, la Constitución del Ecuador garantiza derechos para la naturaleza a fin de evitar impactos ambientales que se pueden presentar en un emprendimiento o en la cadena de producción

espero te sirva :D

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