¿Qué nos dice el artículo 66º de la Constitución?

Respuestas

Respuesta dada por: botachejuan1231
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Respuesta:

si es el articulo 66 de la constitución de peru espero te sirva :3

Explicación:

Artículo 66. - Recursos Naturales Los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento. Por ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares


millanpazboggio: gracias pero yo soy de Peru
millanpazboggio: pero igualmente gracias
botachejuan1231: vale y toma la de peru Artículo 66. - Recursos Naturales Los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento. Por ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares
millanpazboggio: muchas gracias te doy 5 estrellas :)
botachejuan1231: VA
millanpazboggio: :3
millanpazboggio: juegas fortnite
millanpazboggio: yo si
botachejuan1231: nuuu se me daño el cel
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