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Explicación:Clasificación de las limitaciones a los derechos fundamentales
Las limitaciones o restricciones a los derechos fundamentales pueden ser clasificadas según diferentes criterios, a saber:
2.1. Clasificación según las circunstancias en las que operan Pueden ser limitaciones ordinarias o extraordinarias:
2.1.1. Son limitaciones ordinarias aquellas que operan siempre, y que afectan el ejercicio de un derecho tanto bajo condiciones de normalidad constitucional, como bajo situaciones de excepción constitucional. Representan la regla general y se aplican en todo momento.
-El ejercicio libre de todos los cultos reconoce como límite el respeto por la moral, las buenas costumbres y el orden público el ejercicio de la libertad de enseñanza queda sometido a la moral, las buenas costumbres, el orden público y la seguridad nacional : el derecho a reunirse sólo es válido si se ejerce pacíficamente, sin armas y en el caso de reuniones en lugares de uso público, deberán además respetarse las disposiciones generales de policía: En todos estos casos, las restricciones operan indistintamente en períodos de regularidad institucional, como también en estados de excepción constitucional.
- Son limitaciones extraordinarias (también llamadas "excepcionales"), aquellas que se producen sólo durante circunstancias de emergencia social o institucional, y que han dado curso a la declaración de estados de excepción constitucional.