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Es un principio teórico del Derecho constitucional que postula, originalmente, ubicar la Constitución de un país jerárquicamente por encima de todo el ordenamiento jurídico de ese país, considerándola como Ley Suprema del Estado y fundamento del sistema jurídico.
Explicación:
galletitas65:
vaya, esods de google yo ya lo habia buscado, pero gracias xD
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