Busca en internet la convencion internacional sobre los derechos del niño, y luego lee el artículo 17 completo, ¿Que dispone para hacer valer el derecho a la informacion?
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Tratan del compromiso de los estados a difundir la Convención y de la creación del Comité de los Derechos del Niño, encargado de promover la aplicación efectiva de la Convención y de fomentar la cooperación internacional en todo aquello que la Convención propugna.Tratan de la ratificación de la Convención, entrada en vigor y de las enmiendas y reservas hechas por parte de los estados al adherirse o firmarla.Contexto: La Convención sobre los Derechos del Niño, de las Naciones Unidas, se adoptó en 1989. A finales de 1997 ya había sido ratificada por todos los países, excepto Somalia y Estados Unidos, aunque algunos países han formulado reservas a los artículos 37 y 40 (que tratan específicamente sobre la justicia de menores). La Convención considera niño todo individuo menor de 18 años, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicada, haya alcanzado antes la mayoría de edad (artículo 1). La Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 ya proclamaba que los niños tienen derecho a "atención y asistencia especiales"; la Convención reafirma este principio y dispone de qué manera se pueden y se deben proteger los derechos de todos los niños. Es de carácter vinculante para los estados que la han firmado el articulo 17:Todo niño debe poder acceder a información procedente de diversas fuentes nacionales e internacionales, especialmente la que tiene por finalidad promover su bienestar social, espiritual y moral y su salud física y mental. Los Estados deben poner los medios para que esto sea posible. espero que te sirva
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