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El principio oceánico, más conocido en la bibliografía de Argentina como principio bioceánico, y también llamado principio Atlántico-Pacífico, es un criterio de división territorial de aplicación exclusiva al derecho internacional de límites entre Argentina y Chile, cuya existencia, definición y alcance ha sido objeto de desacuerdos diplomáticos entre ambos países durante la mayor parte de la segunda mitad del siglo XX, y sobre el cual emitió opinión el tribunal arbitral que laudó en 1977 sobre el Conflicto del Beagle.
En Chile se considera que la formulación del llamado "principio” se produjo en 1948 en un discurso del almirante Gastón A. Clement, a su haber jefe del Estado Mayor de la Armada argentina, cuando anunció que: "Argentina desde el punto de vista geopolítico es dueña de todo el Estrecho de Magallanes, de sus canales derivados y de todo el Beagle".
En Chile se considera que la formulación del llamado "principio” se produjo en 1948 en un discurso del almirante Gastón A. Clement, a su haber jefe del Estado Mayor de la Armada argentina, cuando anunció que: "Argentina desde el punto de vista geopolítico es dueña de todo el Estrecho de Magallanes, de sus canales derivados y de todo el Beagle".
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