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Con anterioridad a la DUDH ya se había iniciado el camino para el reconocimiento de determinados derechos y la progresiva extensión a todas las capas de la sociedad de los mismos. La evolución del concepto de .derecho humano. debe ser estudiado necesariamente desde una perspectiva histórica y cultural (IEPALA). El transcurso de la historia y la evolución cultural han dado lugar a diferentes formas de concebir de los derechos en función del género, de la clase social, etc.
Referencias a la conceptualización de .derechos. (entendida como la búsqueda dignidad de la persona) las encontramos ya en la Antigua Grecia, en Europa, en el código Hammurabi en Mesopotàmia o en la Antigua China. Asimismo, diferentes estudios han demostrado que ya en la Edad Media, la concepción de los derechos del hombre fue unida a la lucha desatada entre las prerrogativas de las monarquías absolutistas (materialización del concepto de Estado absoluto) y los derechos de los hombres, en cuanto a individuos.
Es en este sentido que se inicia y desarrolla una legislación relativa a los derechos civiles, en un principio restringida a los aristócratas, y más tarde extendiéndose al resto de capas de la sociedad. Ejemplos de esta evolución pueden ser la aparición de la Carta Magna en 1215 o la Carta de Derechos en 1689 (ambas aparecen en Inglaterra).
Así mismo, la Declaración de Derechos del Buen Pueblo de Virginia, realizada en el estado de Virginia en 1776, la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano realizada en Francia (como consecuencia de la Revolución Francesa y de la revolución social que implicó) o la Declaración de Derechos de 1791, promulgada en los Estados Unidos, reflejan un nuevo concepto de los derechos del hombre –que no de las mujeres-, creando las bases de lo que se conocen hoy como libertades fundamentales.
Las declaraciones de Virginia y la de Derechos de 1791 (heredera de la primera) contienen una tipología de derechos entre los que se podemos destacar:
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