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La autonomía personal (moral o decisoria) es la capacidad del individuo para hacer elecciones, tomar decisiones y asumir las consecuencias de las mismas. El término opuesto a autonomía no es dependencia sino heteronomía.
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La autonomía es un derecho que tiene un estado para regirse mediante normas y órganos de gobierno propios y sirve para dictar normas jurídicas y, por tanto, de crear y elaborar un Derecho propio o Derecho autonómico. Frecuentemente conlleva la capacidad de orientación política, en la que pueden incluirse actos de cualquier tipo, sean o no normativos.
espero haberte ayudado :)
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