El artículo segundo numeral ocho de la Constitución Política sostiene que toda persona tiene derecho a la libertad de creación intelectual, artística, técnica y científica, así como A) pagar al Estado por su creación e inscribirlo en los registros civiles. B) lucrar, vender o regalar sus creaciones y recibir un beneficio del gobierno. C) copiar o alterar las creaciones de otros artistas o inventores. D) a la propiedad sobre dichas creaciones y a su producto. E) exigir una pensión vitalicia al gobierno por di- chas creaciones.
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11
D) A la propiedad sobre dichas creaciones y su producto.
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5
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Es la D) A la propiedad sobre dichas creaciones y su producto
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