Respuestas
Respuesta:
Toda persona que por su actuar ocasiona un daño a otro es, en
principio, responsable de dicha conducta y deberá reparar el daño.
De los principios neminem laedere —no se debe dañar a nadie— y
alterum non laedere —no se debe dañar a otro— ha surgido el derecho a
la reparación bajo el fundamento del artículo 1109 del Código Civil, que
reza: “[…] Todo el que ejecuta un hecho, que por su culpa o negligencia
ocasiona un daño a otro, está obligado a la reparación del perjuicio. Esta
obligación es regida por las mismas disposiciones relativas a los delitos
del derecho civil […]”.
El Estado como sujeto de derecho también resulta responsable, con
ciertas particularidades. La reparación por la responsabilidad
extracontractual de aquel, fundada en jurisprudencia y normas de
derecho público, es una de las temáticas más relevantes.
Explicación:
no se <:v
Respuesta:
los derechos es cuidar las personas y activar
el pais
Explicación: