¿Qué elementos introducen las ideas ilustradas en la formación de los sistemas republicanos?
A. El despotismo ilustrado y la concentración de los poderes del Estado.
B. La soberanía popular, la separación de los poderes del Estado y los derechos civiles.
C. La personalización del Estado y la eliminación de las Constituciones.
D. El régimen monárquico, la soberanía popular y los derechos reales.
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RESUMEN
El presente trabajo busca exponer el origen y fundamento del principio de la soberanía popular, su rol dentro de la teoría constitucional contemporánea y el significado y alcance que tiene su consagración constitucional en Chile. Para ello, se propone analizar cuál es el rol de la soberanía popular en cada una de las dimensiones en que es habitualmente usado: teoría política, teoría constitucional y dogmática, y detectar cuál es la relación entre dichas dimensiones.
Palabras clave: Constitución - Soberanía popular - Pueblo - Poder constituyente.
ABSTRACT
This work aims at presenting the origin and the basis of the principle of popular sovereignty, its role within the contemporaneous theory of the constitution and the meaning and extent that its constitutional enshrining has in Chile. To do this, the role of popular sovereignty in each of the dimensions it is commonly used is analyzed: political theory, constitutional and dogmatic theory, as well as detecting the relationship among said dimensions.
Keywords: Constitution - Popular sovereignty - People - Constituent power.
I. Introducción
Una pregunta que ha ocupado un lugar importante entre las preocupaciones de filósofos, políticos y abogados por siglos, es la de cuál es el fundamento del ejercicio del poder político por parte del Estado. Carrè de Malberg sugirió que la respuesta a esta pregunta debe darse en dos niveles. En el nivel estrictamente jurídico, los órganos estatales obtienen la calidad para actuar a nombre del Estado del propio Derecho creado por el Estado; en última instancia de la norma jurídica suprema. La respuesta jurídica es, por tanto, circular. La segunda respuesta, puede encontrarse, según Carrè, en un nivel más profundo del significado de la constitución. En este caso, se trata de determinar de dónde viene la legitimidad del poder estatal, si es que no puede venir del propio Derecho creado en virtud de ese mismo poder. La pregunta por la legitimidad del orden jurídico estatal, en términos de Carrè de Malberg busca determinar en quién reside la soberanía y, por tanto, quién es el titular del poder constituyente[1].
Siguiendo de cerca la sugerencia de Carrè, puede sostenerse que la pregunta por la soberanía es posible de abordar desde tres perspectivas, todas ellas pertinentes para el estudio de la constitución. Dichas perspectivas son la filosofía política, la teoría constitucional y, por último, la dogmática constitucional[2].