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Tensión de seguridad: En el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión aprobado por el R.D. 2431/73 se fijaba como tensión de seguridad 24 voltios (v) para espacios húmedos y 50 v para locales secos. La Instrucción Técnica Complementaria-Baja Tensión 36 (ITC-BT 36) del actual REBT (R.D. 842/2002) habla de muy baja tensión de seguridad, muy baja tensión de protección y muy baja tensión funcional no pudiendo sobrepasar en ningún caso 50 v en corriente alterna (C.A.) y 75 v en corriente contínua (C.C.). Para determinar la tensión de seguridad será necesario estudiar cada caso. Por ejemplo la ITC-BT-38 para quirófanos habla de 24 v en C.A. y 50 en C.C. o las ITC-BT 33 y 44 hablan de 24 v en C.A.
REAL DECRETO 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión. Ordenes ministeriales que lo desarrollan.
REAL DECRETO 3275/1982, de 12 de noviembre, sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación. BOE núm. 288 de 1 de diciembre. Ordenes Ministeriales que lo desarrollan.
REAL DECRETO 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.
Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la protección frente al riesgo eléctrico conforme a lo establecido en el R.D. 614/2001
Definiciones sobre Electricidad
• Baja tensión: se considera baja tensión aquellos sistemas cuya diferencia de potencial es inferior a 1.000v en corriente alterna y 1.500 en corriente continua. Las tensiones usuales son normalmente las de 220 v entre fases y neutro y las de 380 v entre fases.
• Alta tensión: se considera alta tensión aquellos sistemas cuya diferencia de potencial es superior a 1.000 v en corriente alterna y 1.500 v en corriente continua.
• Tensión de seguridad: En el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión aprobado por el R.D. 2431/73 se fijaba como tensión de seguridad 24 voltios (v) para espacios húmedos y 50 v para locales secos. La Instrucción Técnica Complementaria-Baja Tensión 36 (ITC-BT 36) del actual REBT (R.D. 842/2002) habla de muy baja tensión de seguridad, muy baja tensión de protección y muy baja tensión funcional no pudiendo sobrepasar en ningún caso 50 v en corriente alterna (C.A.) y 75 v en corriente contínua (C.C.). Para determinar la tensión de seguridad será necesario estudiar cada caso. Por ejemplo la ITC-BT-38 para quirófanos habla de 24 v en C.A. y 50 en C.C. o las ITC-BT 33 y 44 hablan de 24 v en C.A.
• Corriente de seguridad: En el riesgo eléctrico es importante tanto el factor tensión como el factor intensidad. Según la Ley de Ohm la Intensidad es igual a la Diferencia de Potencial dividida por la Resistencia del cuerpo. (I=?V/R). A 220 v de corriente alterna, a partir de 8 mA se producen contracciones musculares y a partir de 30 mA se puede producir fibrilación ventricular. Esto varía en cada caso por la variación del factor resistencia del cuerpo humano que es diferente para cada persona o zona del cuerpo, cambiando además según el nivel de humedad de la piel.
• Corriente de contacto: corriente (intensidad) que pasa a través del cuerpo humano cuando está sometido a una tensión.
• Tensión de contacto: diferencia de potencial que durante un defecto puede resultar aplicada entre la mano y el pie de una persona que toque con aquella masa o elemento metálico normalmente sin tensión
Efectos de la corriente eléctrica en el cuerpo humano
Las consecuencias del paso de la corriente por el cuerpo pueden ocasionar desde lesiones físicas secundarias (golpes, caídas, etc.), hasta la muerte por fibrilación ventricular. Todo depende del tipo de corriente, la intensidad, el tiempo de contacto, la resistencia particular del cuerpo, la tensión y el recorrido de la corriente a través del cuerpo.
Una persona se electriza cuando la corriente eléctrica circula por su cuerpo, es decir, cuando la persona forma parte del circuito eléctrico, pudiendo, al menos, distinguir dos puntos de contacto: uno de entrada y otro de salida de la corriente. Las consecuencias del paso de la corriente eléctrica pueden ser muy diversas, desde las directamente ocasionadas por esta (con efectos inmediatos o secundarios) hasta las indirectas como golpes, cortes o caídas al mismo o diferente nivel.
Consecuencias directas: los efectos inmediatos pueden ser efectos térmicos (quemaduras por arco o por contacto) o efectos musculares y nerviosos (calambres, contracciones musculares, tetanización de músculos de la respiración, fibrilación ventricular, inhibición de centros nerviosos).
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• Otros factores fisiopatológicos tales como contracciones musculares, aumento de la presión sanguínea, dificultades de respiración, parada temporal del corazón, etc. pueden producirse sin fibrilación ventricular. Tales efectos, normalmente, no son mortales sino reversibles y suelen producir marcas (quemaduras) por el paso de la corriente. Las quemaduras profundas pueden llegar a ser mortales.