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11
- El Derecho Político: Regulaba las relaciones entre el Estado y los ciudadanos.
- El Derecho Privado: Normaba las relaciones entre ciudadanos.
- El Derecho de Gente o Internacional: Establecía las relaciones entre los distintos pueblos.
1 - Derecho romano:
No se pude negar la influencia del Derecho romano en Europa, ya que constituye uno de los aspectos más importantes del legado de Roma, la codificación de Justiniano. Las leyes romanas constituyeron las bases del desarrollo en las leyes de los Estados modernos, del mundo Contemporáneo. Las primeras leyes escritas se encuentran en un código llamado de las “Doce Tablas”. A estas leyes se agregaron muchas otras con el tiempo. En el Derecho romano se distingue lo siguiente:
- El Derecho Político: Regulaba las relaciones entre el Estado y los ciudadanos.
- El Derecho Privado: Normaba las relaciones entre ciudadanos.
- El Derecho de Gente o Internacional: Establecía las relaciones entre los distintos pueblos.
2- Política:
Uno de los legados es la división del poder en distintas instituciones políticas como el Senado, para una mejor administración del gobierno, “divide et impera”.
3- Literatura:
A imitación de la literatura griega surgió una literatura latina y los romanos adquirieron conocimientos sobre la filosofía. Virgilio, conocido como “El poeta”, fue el poeta latino de mayor influencia e inspirador de Shakespeare. El legado de Ovidio y Horacio fue principalmente en el Renacimiento y sus obras tuvieron influencia sobre la literatura inglesa. La Eneida, La Epopeya, inspirada en la Iliada y la Odisea constituye el mayor triunfo de la lengua latina.
4- Economía:
La industria artesanal y la minería eran importantes para la economía del Imperio. Las guerras de conquista fueron el trampolín por el cual Roma saltó de una economía agraria a una economía mercantil, es decir, el comercio es el sistema imperante, económicamente hablando. Muchos países hoy en día utilizan el comercio como una gran fuente de ingresos. Roma además inició el pago obligatorio de impuestos a las provincias romanas.
5- Arte:
El arte romano se puede apreciar sobretodo mediante las esculturas -destacando sobretodo por el dominio de la técnica del retrato- que fueron base de la inspiración de muchos artistas de épocas posteriores, sobretodo de los artistas del Renacimiento, tanto a escultores como a pintores. El arte del Renacimiento fue tremendamente influido por el arte antiguo romano hasta el punto de que fueron reconstruidas multitud de imágenes y estatuas, otras fueron copiadas. El artista que más repercusión tuvo fue Rafael. La mejor expresión del legado romano es el arte Románico que predomina en Europa entre los siglos XI, XII y XIII, la arquitectura es su manifestación más característica.
6 - Arquitectura
La arquitectura romana se caracteriza por ser grandiosa y monumental, la técnica arquitectónica eran procedentes de Gracia y Etruria, utilizando mucho el mármol. Las obras romanas se extendieron por todas las provincias del imperio. Actualmente solo se tienen dos fuentes sobre la arquitectura romana que son las ruinas que quedan en pie y un tratado del arquitecto Vitrubio, sin embargo se puede aprender mucho del arte y de la arquitectura romana. Este tratado se conoce desde la Edad Media, pero no fue utilizado como obra de consulta por los arquitectos hasta 1414, posteriormente hubo nuevas ediciones y la última fue en 1909.
7- Calendario:
Julio Cesar reformó el calendario lunar por uno basado en el sol, derivado del calendario egipcio, el cual pasó a llamarse calendario Juliano. Siglos después el Papa Gregorio XIII le hizo algunas modificaciones y es el mismo que ocupamos hasta hoy. El año se fija en 365,25 días, se divide en doce meses de 30 o 31 días con excepción del mes de febrero que cuenta sólo con 28 días. El cuarto de día se toma en cuenta cada 4 años mediante la intercalación de un día suplementario en febrero, llamado bis sextus dies ante calendas martii (el segundo sexto día antes de las calendas de marzo), de donde se sacó el término “año bisiesto”. Además se distinguió entre días nefastos (festivos) y días fastos (laborales). La Iglesia adopta el Calendario Juliano, numerando los años a partir del nacimiento de Cristo.
- El Derecho Privado: Normaba las relaciones entre ciudadanos.
- El Derecho de Gente o Internacional: Establecía las relaciones entre los distintos pueblos.
1 - Derecho romano:
No se pude negar la influencia del Derecho romano en Europa, ya que constituye uno de los aspectos más importantes del legado de Roma, la codificación de Justiniano. Las leyes romanas constituyeron las bases del desarrollo en las leyes de los Estados modernos, del mundo Contemporáneo. Las primeras leyes escritas se encuentran en un código llamado de las “Doce Tablas”. A estas leyes se agregaron muchas otras con el tiempo. En el Derecho romano se distingue lo siguiente:
- El Derecho Político: Regulaba las relaciones entre el Estado y los ciudadanos.
- El Derecho Privado: Normaba las relaciones entre ciudadanos.
- El Derecho de Gente o Internacional: Establecía las relaciones entre los distintos pueblos.
2- Política:
Uno de los legados es la división del poder en distintas instituciones políticas como el Senado, para una mejor administración del gobierno, “divide et impera”.
3- Literatura:
A imitación de la literatura griega surgió una literatura latina y los romanos adquirieron conocimientos sobre la filosofía. Virgilio, conocido como “El poeta”, fue el poeta latino de mayor influencia e inspirador de Shakespeare. El legado de Ovidio y Horacio fue principalmente en el Renacimiento y sus obras tuvieron influencia sobre la literatura inglesa. La Eneida, La Epopeya, inspirada en la Iliada y la Odisea constituye el mayor triunfo de la lengua latina.
4- Economía:
La industria artesanal y la minería eran importantes para la economía del Imperio. Las guerras de conquista fueron el trampolín por el cual Roma saltó de una economía agraria a una economía mercantil, es decir, el comercio es el sistema imperante, económicamente hablando. Muchos países hoy en día utilizan el comercio como una gran fuente de ingresos. Roma además inició el pago obligatorio de impuestos a las provincias romanas.
5- Arte:
El arte romano se puede apreciar sobretodo mediante las esculturas -destacando sobretodo por el dominio de la técnica del retrato- que fueron base de la inspiración de muchos artistas de épocas posteriores, sobretodo de los artistas del Renacimiento, tanto a escultores como a pintores. El arte del Renacimiento fue tremendamente influido por el arte antiguo romano hasta el punto de que fueron reconstruidas multitud de imágenes y estatuas, otras fueron copiadas. El artista que más repercusión tuvo fue Rafael. La mejor expresión del legado romano es el arte Románico que predomina en Europa entre los siglos XI, XII y XIII, la arquitectura es su manifestación más característica.
6 - Arquitectura
La arquitectura romana se caracteriza por ser grandiosa y monumental, la técnica arquitectónica eran procedentes de Gracia y Etruria, utilizando mucho el mármol. Las obras romanas se extendieron por todas las provincias del imperio. Actualmente solo se tienen dos fuentes sobre la arquitectura romana que son las ruinas que quedan en pie y un tratado del arquitecto Vitrubio, sin embargo se puede aprender mucho del arte y de la arquitectura romana. Este tratado se conoce desde la Edad Media, pero no fue utilizado como obra de consulta por los arquitectos hasta 1414, posteriormente hubo nuevas ediciones y la última fue en 1909.
7- Calendario:
Julio Cesar reformó el calendario lunar por uno basado en el sol, derivado del calendario egipcio, el cual pasó a llamarse calendario Juliano. Siglos después el Papa Gregorio XIII le hizo algunas modificaciones y es el mismo que ocupamos hasta hoy. El año se fija en 365,25 días, se divide en doce meses de 30 o 31 días con excepción del mes de febrero que cuenta sólo con 28 días. El cuarto de día se toma en cuenta cada 4 años mediante la intercalación de un día suplementario en febrero, llamado bis sextus dies ante calendas martii (el segundo sexto día antes de las calendas de marzo), de donde se sacó el término “año bisiesto”. Además se distinguió entre días nefastos (festivos) y días fastos (laborales). La Iglesia adopta el Calendario Juliano, numerando los años a partir del nacimiento de Cristo.
1DD:
Thank you :)
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