• Asignatura: Derecho
  • Autor: alexalencastro
  • hace 8 años

En una institución pública, la Contadora General por efectos de las unificaciones de las remuneraciones percibe un sueldo de 2 284,34, ubicada en el grupo ocupacional de Servidor Público 5, grado 11. Por ausencia del puesto, se encarga a la Analista de Contabilidad 1, que percibe una remuneración de 840 dólares. Legalmente bajo que remuneración se le debe pagar la diferencia por encargo de funciones.

Respuestas

Respuesta dada por: luisjrincon0394
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Como consecuencia del desempeño del cargo, su ejecutante recibe una gratificación en dinero que denominamos   salario. Este pago de salario o remuneración en dinero efectivo se le debe a aquel que ejecute un trabajo.  

Es decir, salvo ciertas excepciones, todo cargo esta basado o tiene un valor especifico en el mercado de  trabajo, el cual esta fundamentado en ese aglutinamiento de factores que llamamos complejidad, ergo, a medida   que  el cargo sea mas complejo se compensara a su ocupante con una cantidad mayor de salario por sus servicios   o viceversa.

En el caso  de  que  el  titular del cargo de mayor jerarquía  este ausente  y  se asigna  a  otro trabajador   que  esta representado en una jerarquía de menor rango  para que  ejecute por un periodo de tiempo el cargo de mayor jerarquía,  éste se debe remunerar bajo la condición de suplencia  laboral cancelando la diferencia entre un   salario  y  otro de los titulares.

En este caso ,  tenemos

El  cargo   de la  contadora general  esta valorado en .          $  2.284,34

El cargo de la analista de contabilidad esta valorado en:       $           840

La  suplencia  laboral  debe  ser  por la diferencia generada:  $  1.444,34

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