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Artículo 11 ARTICULO 11º—El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte. Artículo 12 ARTICULO 12º—Nadie será sometido a desaparición forzada, a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. ... Artículo 14 ARTICULO 14º—Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Explicación:
ley de la no violencia
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