Respuestas
Respuesta:
Presidente constitucional.- Es el que ha sido electo para el cargo según los mecanismos dispuestos por la constitución vigente.
Presidente interino.- Es el designado, mediante el mecanismo constitucional correspondiente, para ocupar temporalmente la presidencia en ausencia del presidente constitucional.
Presidente sustituto.- Es el designado para concluir el mandato constitucional interrumpido por renuncia, incapacidad, o muerte del presidente de la República.
Presidente provisional.- Es el que transitoria y brevemente ocupa la presidencia, en tanto la instancia legal facultada elige un presidente constitucional, interino o sustituto.
Vicepresidente en ejercicio de la presidencia.- Es una figura establecida por la Constitución de 1824 por medio de la cual el vicepresidente suplía las ausencias temporales o definitivas del presidente constitucional; sin que asumiera o se convirtiera en presidente interino, sustituto o provisional. Ejemplo: Valentín Gómez Farías en todas y cada una de las veces que se hizo cargo del Ejecutivo.
Presidente de facto.- Es el que asume el cargo sin que mediara ningún mecanismo constitucional.
Titular del Ejecutivo.- Es el que asume el ejercicio del Poder Ejecutivo sin que medie ningún mecanismo constitucional y sin que se le designe como presidente bajo ningún tipo; con el fin de poder alcanzar posteriormente el cargo de presidente de acuerdo con los mecanismos constitucionales. Las designaciones son variadas, por ejemplo: Porfirio Díaz como "Jefe del Ejecutivo" tras deponer a Sebastián Lerdo de Tejada y Venustiano Carranza como "Primer Jefe del Ejecutivo" tras deponer a Victoriano Huerta y a los presidentes convencionistas.
Explicación: